La Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción. se ha publicado y entrará en vigor el 13/03/2023.
Obliga a disponer (a las empresas de 250 o más trabajadores en el plazo de 3 meses, y a las de menos de 250 hasta el 31 de diciembre de 2023) de un Sistema interno de información (canal de denuncias) a:
a) Las empresas que tengan contratados 50 o más trabajadores,
b) Los partidos políticos, sindicatos, organizaciones empresariales y las fundaciones creadas por unos y otros, siempre que reciban o gestionen fondos públicos
c) Aquellas empresas que no estén vinculadas por esta obligación, también, es decir las de menos de 50 trabajadores, podrán establecer su propio Sistema interno de información, que deberá cumplir, los requisitos previstos en esta ley.
d) Administraciones públicas, corporaciones de Derecho Público, universidades públicas, organismos y entidades públicas, fundaciones del sector público
La Ley prevé sanciones de 600.000,00€ hasta 1 millón de euros por incumplimiento de esta obligación.
Se regula la posibilidad de que las organizaciones gestionen su propio canal de denuncias, o por un tercero externo, que ofrezca garantías de respeto de la independencia, la confidencialidad, la protección de datos y el secreto de las comunicaciones.
Desde GRUPO VALEN DETECTIVES & ABOGADOS le ofrecemos este servicio de implantación y gestión de canal de denuncias. Consúltenos.
Mª Angeles Valls Genovard
Directora de GRUPO VALEN DETECTIVES & ABOGADOS