Os explicamos de manera esquemática, cómo se regula la gestión del canal de denuncias en la Ley 2/2023, de 20 de febrero, de protección al informante.

El órgano de administración de la entidad nombra al responsable del sistema interno de información pudiendo designar a una persona física o a un órgano colegiado (gestión interna). El gestor interno del canal puede ser alguien del departamento de RRHH, del departamento de servicios jurídicos, o  el oficial de cumplimiento.

La entidad puede contratar a un gestor externo del canal, que deberá relacionarse con el gestor interno del canal, Tendrá que ser un profesional conocedor de la Ley, así como experto en la gestión e investigaciones internas.

Desde GRUPO VALEN DETECTIVES & ABOGADOS, os ofrecemos el servicios de gestión externa de canales de denuncia, expertos en asesoramiento jurídico y en investigaciones internas.

¡Consúltanos!

Mª Ángeles Valls Genovard
Directora de GRUPO VALEN DETECTIVES & ABOGADOS
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